Asociación de Trabajadores Autónomos y Dependientes de Castilla y León | 21 diciembre 2024.

¿Quiénes somos?

La ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS DEPENDIENTES (TRADECYL), es una asociación sin ánimo de lucro de ámbito regional, integrada por profesionales y trabajadores autónomos inscritos en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social). Desarrolla su trabajo en cualquier sector de la actividad laboral y económica de Castilla y León, tratando de dar cobertura a todos los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo y trabajadores autónomos dependientes de cualquier sector de actividad.

TRADECYL es una asociación creada por la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Castilla y León y por ello, vinculada estratégicamente a la misma. Al mismo tiempo, está apoyada y respaldada por CCOO en cuantas actuaciones se desarrollen en pro del beneficio de sus asociados en particular y de todos los trabajadores y trabajadoras autónomos en general.

Los objetivos prioritarios de la Asociación TRADECYL son tanto la representación y defensa de los intereses de sus asociados, como la mejora de las condiciones de trabajo, profesionales, jurídicas, fiscales y de protección social de todos los trabajadores y trabajadoras autónomos, tanto de los dependientes en especial como del conjunto de autónomos sin empleados a su cargo en general. También trata de impulsar un nuevo marco legal que permita mecanismos de negociación colectiva y de representación en el ámbito de la empresa y sectorial para los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo y los trabajadores autónomos dependientes. Entendemos, además, como prioritarias las siguientes finalidades:

  • La defensa de los intereses profesionales, sociales y económicos de los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo y los trabajadores autónomos dependientes.

  • La defensa y potenciación de las reivindicaciones y actividades necesarias para el desarrollo, en las mejores condiciones posibles, de las diferentes profesiones y el reciclaje y la formación continua de sus socios.

  • La defensa de los intereses colectivos no solamente frente a instancias gubernamentales, sino también frente a instancias empresariales cuando se produce una situación de dependencia económica, administrativa y desequilibrio contractual.

  • Proporcionar la formación permanente y orientación profesional de los trabajadores autónomos con la finalidad de mejorar sus condiciones de trabajo. Para ello podrá organizar, promover y desarrollar todo tipo de actividades de formación, orientación, estudio, etc.

  • Crear los sistemas adecuados de organización de los trabajadores y trabajadoras autónomos sin empleados a su cargo y los trabajadores autónomos dependientes para conseguir las finalidades expuestas.

  • Actuar como organización en defensa de los colectivos representados en los aspectos propios de su actividad, ante las Administraciones Públicas o cualquier otra entidad, interviniendo en los procesos de negociación colectiva.

  • Producir y editar toda clase de publicaciones y llevar a cabo cuantas acciones formativas sean necesarias para difundir los objetivos y planteamientos de la organización, así como contribuir a la mejora de la formación profesional de los afiliados.

  • Fomentar la relación con todas las asociaciones de carácter profesional o sindical, así como con cualquier otra organización cuyos fines sean coincidentes con los de TRADECYL, incluidas las de carácter nacional o internacional.

Para afiliarte a Tradecyl puedes informarte aquí, rellenar la ficha de afiliación y hacérnosla llegar aTradecyl Plaza Madrid, 4- 5ª planta 47001 Valladolid o al correo electrónico tradecyl@tradecyl.es

 

 

¿A quiénes atendemos?

Las trabajadoras y trabajadores autónomos son aquéllos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual para una persona física o jurídica, su cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos. (La definición figura en el artículo 11 del Estatuto del Trabajo Autónomo )

Para ser trabajador autónomo económicamente dependiente, se deben reunir simultáneamente las siguientes condiciones:

a) No tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto la que hace para el cliente del que depende económicamente como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes.

b) No ejecutar su actividad de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicios bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta del cliente.

c) Disponer de infraestructura productiva y material propios, necesarios para el ejercicio de la actividad e independientes de los de su cliente, cuando en dicha actividad sean relevantes económicamente.

d) Desarrollar su actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pudiese recibir de su cliente.

e) Percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, de acuerdo con lo pactado con el cliente y asumiendo todo el riesgo.

No tendrá consideración de trabajadores autónomos económicamente dependientes los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho.

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