Asociación de Trabajadores Autónomos y Dependientes de Castilla y León | 20 abril 2024.

Cese de Actividad

Alargado el cese de actividad por la Covid-19 hasta al 31 de enero de 2021

El Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo ha prorrogado la prestación por cese de actividad de las personas trabajadoras autónomos hasta el 31 de enero de 2021 por motivo de la pandemia de Covid-19. En este año las prestaciones se conceden tanto por el cierre de los establecimientos, establecidos por las autoridades para la prevención de los contagios, como por la pérdida de ingresos como consecuencia de la pandemia.

Desde el 1 de octubre las personas trabajadoras autónomas que se vean obligadas a suspender temporalmente su actividad como consecuencia de decisiones gubernativas adoptadas para el control y contención de la pandemia podrán solicitar ante su Mutua la prestación extraordinaria por cese de actividad cuya cuantía será igual al 50% de la base mínima de cotización y al 70%, en el caso de familias numerosas. Durante el periodo de percibo de la prestación quedarán exoneradas del pago de las cuotas de autónomos a la Seguridad Social.

Para quienes continúen con la actividad se articula la prestación por cese compatible con la actividad siempre y cuando no tengan ingresos superiores al salario mínimo interprofesional durante el último trimestre de 2020 y puedan acreditar una reducción de ingresos de, al menos, el 50% durante el último trimestre de 2020 en relación con el primer trimestre de este año.

Por otro lado, el artículo 14 de la norma extiende hasta el 31 de enero de 2021 la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos y autónomas de temporada equivalente al 70% de la base mínima de cotización.

Este es el cuadro de prestaciones por cese de actividad preparado por Tradecyl

Este es el enlace para la tramitación ante el SEPE